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Ley Vigente

Artículo 13. Representación y defensa en juicio.

Artículo 13 de la Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears. · BOE-A-2008-8768

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-04-25.

Texto consolidado

1. La representación y la defensa en juicio de la Agencia Tributaria corresponden a los abogados de la comunidad autónoma, bajo la coordinación de la Dirección de la Abogacía de la comunidad autónoma.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, la representación y la defensa de la Agencia Tributaria también pueden corresponder a funcionarios licenciados en derecho o a abogados colegiados designados para casos o ámbitos concretos, particularmente con respecto a la defensa de los derechos de la Agencia en los procedimientos de ejecución, ya sean singulares o universales, judiciales o no judiciales. En estos casos será necesaria la habilitación previa del presidente o la presidenta de la Agencia Tributaria, previo informe de la Dirección de la Abogacía de la comunidad autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-04-25.

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