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Ley Vigente

Artículo 13. Medios materiales.

Artículo 13 de la Ley 3/1996, de 29 de noviembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de ordenación turística. · BOE-A-1997-3984

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-12-22.

Texto consolidado

Bienes inmuebles. Se traspasa al Consell Insular de Menorca el siguiente local:

Nombre y uso: Dependencias administrativas.

Localidad y dirección: Plaza de la Esplanada, número 40. 07703-Maó.

Situación jurídica: Alquiler.

Superficie total: 213,5 metros cuadrados.

2. Bienes muebles. El inventario de los bienes muebles que se ponen a disposición de los consejos insulares, se especificará en el acta de entrega que será formalizada por los presidentes de éstos y el Consejero de Turismo de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-12-22.

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