Artículo 13. Atribuciones del Director Gerente.
Artículo 13 de la Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música. · BOE-A-1998-13361
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-15.
Texto consolidado
Corresponden al Director Gerente del Instituto Valenciano de la Música las siguientes atribuciones:
a) La Dirección del Instituto y del personal del mismo.
b) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector y ejercer las funciones que éste le delegue.
c) La facultad de suscribir contratos y convenios en nombre del Instituto.
d) Preparar el plan anual de actividades, la memoria anual y el anteproyecto de presupuesto.
e) Elaborar la propuesta de plantilla de personal del Instituto.
f) La gestión económica y financiera y el control técnico y administrativo de los servicios.
g) Autorización y disposición de gastos y liquidación y ordenación de pagos.
h) Las que expresamente le delegue el Presidente del Instituto.