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Ley Vigente

Artículo 13. Atribuciones del Director Gerente.

Artículo 13 de la Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música. · BOE-A-1998-13361

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-15.

Texto consolidado

Corresponden al Director Gerente del Instituto Valenciano de la Música las siguientes atribuciones:

a) La Dirección del Instituto y del personal del mismo.

b) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector y ejercer las funciones que éste le delegue.

c) La facultad de suscribir contratos y convenios en nombre del Instituto.

d) Preparar el plan anual de actividades, la memoria anual y el anteproyecto de presupuesto.

e) Elaborar la propuesta de plantilla de personal del Instituto.

f) La gestión económica y financiera y el control técnico y administrativo de los servicios.

g) Autorización y disposición de gastos y liquidación y ordenación de pagos.

h) Las que expresamente le delegue el Presidente del Instituto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-05-15.

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