Artículo 13.
Artículo 13 de la Ley 2/1985, de 8 de mayo, sobre iniciativa legislativa popular y de los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1985-18953
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-05-22.
Texto consolidado
1. Si la resolución de la Mesa fuese favorable a la admisión de la proposición de Ley, el debate se iniciará mediante lectura de la Memoria a que se refiere el artículo 3 apartado 2. b) de la presente Ley.
2. El trámite posterior es el señalado en el artículo 9 apartado 4 de esta Ley.