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Ley Derogada

Artículo 13. Acreditación.

Artículo 13 de la Ley 16/2000, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales. · BOE-A-2001-1617

Atención: Ley 16/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El impuesto se acredita el 31 de diciembre de cada año, salvo los casos de clausura del establecimiento, en que se acredita en la fecha de cierre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-01.

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