Artículo 14. Padrón.
Artículo 14 de la Ley 16/2000, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales. · BOE-A-2001-1617
Atención: Ley 16/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El impuesto se gestiona mediante el padrón, que se publica anualmente en el "Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya">El impuesto se gestiona mediante el padrón, que se publica anualmente en el "Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya", y es elaborado por cada Delegación de Tributos del Departamento de Economía, Finanzas y Planificacíón a partir de los datos que los sujetos pasivos manifiestan en las declaraciones que están obligados a presentar de acuerdo con lo que establece este capítulo, y de las que resulten de una comprobación administrativa eventual.