Artículo 13. Infracciones y sanciones.
Artículo 13 de la Ley 11/2009, de 15 de diciembre, reguladora de la Ordenación Territorial de las Telecomunicaciones de Canarias. · BOE-A-2010-1397
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-22.
Texto consolidado
Las acciones y omisiones que vulneren lo dispuesto en la normativa territorial urbanística y medioambiental sobre emplazamiento, instalación y funcionamiento de los equipos de telecomunicación, constituyen infracciones que serán sancionadas de conformidad con lo establecido en el Título VI del texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.