El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 13.

Artículo 13 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León. · BOE-A-1998-20054

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-12.

Texto consolidado

La supresión de un municipio por su incorporación a otro u otros limítrofes podrá acordarse por alguna de las siguientes causas:

a) Falta de población o descenso acusado y progresivo de la misma.

b) Confusión de sus núcleos de población con otro u otros como consecuencia del desarrollo urbanístico.

c) Insuficiencia de medios para prestar los servicios mínimos exigidos por la Ley.

d) Falta reiterada de candidatos en las elecciones de sus órganos de gobierno o la falta de funcionamiento de los mismos.

e) Existencia de condiciones económicas, administrativas o de cualquier otro carácter que pudieran hacerla necesaria o conveniente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-12.

Más artículos de Ley 1/1998

En El Vínculo puedes leer Ley 1/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.