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Real Decreto Vigente

Artículo 128. Procedimiento.

Artículo 128 del Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2007-22306

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

Texto consolidado

1. Para la aplicación de las sanciones previstas en este capítulo a asegurados y beneficiarios se seguirá el procedimiento sancionador previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

2. En aquellos supuestos en que el asegurado transgreda las obligaciones que afecten al cumplimiento o conservación de los requisitos que dan derecho a la prestación, podrá el ISFAS suspenderla cautelarmente, mediante la pertinente resolución motivada hasta que la resolución administrativa sea definitiva.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

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