Artículo 128. Planificación normativa.
Artículo 128 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral. · BOE-A-2019-4299
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-15.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Navarra aprobará, anualmente, un plan normativo que contendrá las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente.
2. Una vez aprobado, el plan anual normativo se publicará en el Portal del Gobierno Abierto de Navarra.
3. Una vez expirado el plazo para el que se elaboró el plan normativo se dará cuenta públicamente de su grado de cumplimiento.