Artículo 127. Planes y programas sectoriales.
Artículo 127 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. · BOE-A-2022-13847
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-07.
Texto consolidado
1. De acuerdo con la legislación sectorial, el Gobierno de las Illes Balears puede aprobar planes y programas que incluyan medidas de coordinación de las competencias de la comunidad autónoma y de uno o más consejos insulares en sectores determinados de la acción pública.
2. En la elaboración de los planes y de los programas sectoriales se facilitará la participación efectiva de los consejos insulares para conseguir la armonización de los intereses públicos afectados.