Artículo 126. Infracciones muy graves.
Artículo 126 de la Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-1624
Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Constituyen infracciones muy graves:
a) La reincidencia en la comisión de infracciones graves.
b) Incurrir en las infracciones graves previstas en el artículo anterior si de las mismas se derivara daño o perjuicio para los derechos de los menores de difícil o imposible reparación.