Artículo 126. Colaboración institucional.
Artículo 126 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-3489
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-21.
Texto consolidado
Para el cumplimiento de sus fines y en colaboración con los organismos competentes en los ámbitos respectivos, el Institut Valencià de Formació, Investigació i Qualitat en Serveis Socials (IVAFIQ) podrá realizar cualquier tipo de actos de gestión y disposición, cuyo objetivo sea la realización de actividades de investigación, formación, innovación, evaluación y calidad, o establecer relaciones contractuales o de cooperación con administraciones e instituciones y entidades públicas o privadas y particulares, especialmente las dirigidas a la constitución de unidades mixtas con las universidades y otros centros de investigación valencianos, cuando la persona titular de la conselleria le delegue expresamente estas atribuciones, puesto que le corresponden legalmente con carácter general.