El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 124. Contenidos obligatorios en las actividades de formación para el empleo.

Artículo 124 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia. · BOE-A-2024-2663

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-31.

Texto consolidado

1. En todas las actividades formativas de formación profesional para el empleo financiadas por la consejería competente en materia de empleo y relaciones laborales se introducirá un módulo sobre igualdad entre mujeres y hombres, conciliación y corresponsabilidad familiar y doméstica, con una duración de cinco horas en los cursos de duración menor o igual a cincuenta horas, y de diez horas en los cursos de duración superior a cincuenta horas.

2. La consejería competente en materia de empleo podrá subvencionar, en los términos establecidos en las bases reguladoras correspondientes, con la cuantía íntegra de los costes salariales y de las cotizaciones por contingencias comunes, la contratación del personal docente para los módulos sobre igualdad de mujeres y hombres, conciliación y corresponsabilidad familiar y doméstica. Dicho personal docente estará acreditado en los términos establecidos reglamentariamente por la consejería mencionada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-12-31.

Más artículos de Ley 7/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.