El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 123. Situaciones de emergencia.

Artículo 123 del Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras. · BOE-A-2025-20206

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-30.

Texto consolidado

En casos de emergencia, como la rotura de tuberías u otros de naturaleza similar, se podrá actuar de inmediato, previa comunicación a la Dirección General de Carreteras. A la mayor brevedad posible se iniciarán los trámites establecidos en este título para obtener la autorización que legalice la actuación realizada. En la resolución que autorice la actuación, la Dirección General de Carreteras impondrá las condiciones y correcciones que considere oportunas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-10-30.

Más artículos de Real Decreto 899/2025

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 899/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.