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Ley Vigente

Artículo 123. Infracciones muy graves.

Artículo 123 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León. · BOE-A-2015-4103

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-19.

Texto consolidado

Constituyen infracciones administrativas muy graves:

a) Las calificadas como muy graves en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

b) La realización de actos de transformación de la realidad física o biológica o la ejecución de actividades no autorizadas, que hagan imposible o dificulten de forma importante la consecución de los objetivos de un PORN durante su procedimiento de aprobación o una vez aprobado este.

c) La destrucción de hábitats en peligro de desaparición.

d) Cualquier otra infracción cuando la valoración de los daños supere los 200.000 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-19.

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