Artículo 122. Consejería competente en materia de administraciones públicas.
Artículo 122 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia. · BOE-A-2019-13518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-15.
Texto consolidado
En relación con la materia regulada en la presente ley, corresponde a la consejería competente en materia de administraciones públicas:
a) La coordinación de los contenidos y servicios disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
b) La gestión y coordinación de la Red de oficinas de atención a la ciudadanía y registro, así como la creación, modificación y supresión de oficinas de la red y la habilitación temporal de unidades u órganos de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales.
c) La gestión y coordinación del Registro Electrónico General.