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Ley Derogada

Artículo 122. Inspección.

Artículo 122 de la Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2006-21821

Atención: Ley 17/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el ámbito territorial de las Illes Balears, las administraciones públicas competentes velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley y en la normativa que la desarrolle, y destinarán los medios personales y materiales necesarios para el ejercicio de la función inspectora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-08.

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