Artículo 121. Objeto.
Artículo 121 de la Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas. · BOE-A-2002-15191
Atención: Ley 18/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las cooperativas de segundo grado tienen el objeto de completar, promover, coordinar, reforzar o integrar la actividad económica de las entidades que las integran, con la extensión o el alcance que establezcan los respectivos estatutos.