Artículo 12. Normas sobre servicios de localización compartida.
Artículo 12 del Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores. · BOE-A-2017-15837
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-03.
Texto consolidado
Los mercados regulados establecerán normas sobre servicios de localización compartida que deberán ser transparentes, equitativas y no discriminatorias y contenerse en sus normas internas de funcionamiento.