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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 12. Requisitos y funciones de los CSIRT de referencia.

Artículo 12 del Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información. · BOE-A-2018-12257

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-09.

Texto consolidado

1. Los CSIRT deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Garantizarán un elevado nivel de disponibilidad de sus servicios de comunicaciones evitando los fallos ocasionales y contarán con varios medios para que se les pueda contactar y puedan contactar a otros en todo momento. Además, los canales de comunicación estarán claramente especificados y serán bien conocidos de los grupos de usuarios y los socios colaboradores.

b) Sus instalaciones y las de los sistemas de información de apoyo estarán situados en lugares seguros.

c) Garantizarán la continuidad de las actividades. Para ello:

1.º Estarán dotados de un sistema adecuado para gestionar y canalizar las solicitudes con el fin de facilitar los traspasos.

2.º Contarán con personal suficiente para garantizar su disponibilidad en todo momento.

3.º Tendrán acceso a infraestructuras de comunicación cuya continuidad esté asegurada. A tal fin, dispondrán de sistemas redundantes y espacios de trabajo de reserva.

d) Deberán tener la capacidad de participar, cuando lo deseen, en redes de cooperación internacional.

2. Los CSIRT desempeñarán como mínimo, las siguientes funciones:

a) Supervisar incidentes a escala nacional.

b) Difundir alertas tempranas, alertas, avisos e información sobre riesgos e incidentes entre los interesados.

c) Responder a incidentes.

d) Efectuar un análisis dinámico de riesgos e incidentes y de conocimiento de la situación.

e) Participar en la red de CSIRT.

3. Los CSIRT establecerán relaciones de cooperación con el sector privado. A fin de facilitar la cooperación, los CSIRT fomentarán la adopción y utilización de prácticas comunes o normalizadas de:

a) Procedimientos de gestión de incidentes y riesgos.

b) Sistemas de clasificación de incidentes, riesgos e información.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-09-09.

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