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Real Decreto Derogada

Artículo 12. Relación de variedades resistentes.

Artículo 12 del Real Decreto 920/2010, de 16 de julio, por el que se establece el programa nacional de control de los nematodos del quiste de la patata. · BOE-A-2010-11727

Atención: Real Decreto 920/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las comunidades autónomas notificarán por escrito, antes del 16 de enero de cada año, al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y este a su vez, notificará, a través del cauce correspondiente, a la Comisión Europea y a los demás Estados miembros cada año, el 31 de enero a más tardar, una lista de todas las nuevas variedades de patatas con respecto a las cuales hayan constatado mediante una verificación oficial su resistencia a los nematodos del quiste de la patata. Declararán la especie, los patotipos, los grupos de virulencia o las poblaciones a los que sean resistentes las variedades, el grado de resistencia y el año de su determinación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-07-24.

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