Artículo 12. Justificación del cumplimiento.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-28.
Texto consolidado
Los beneficiarios de las ayudas deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que fueron concedidas y la aplicación de los fondos percibidos, mediante la presentación de la factura y justificante de su abono, de la compra o del arrendamiento con opción de compra, de los animales, en el plazo que establezca al efecto la autoridad competente.
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