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Real Decreto Derogada

Artículo 12. Infracciones administrativas.

Artículo 12 del Real Decreto 747/2008, de 9 de mayo, por el que se establece el Reglamento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores. · BOE-A-2008-9156

Atención: Real Decreto 747/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Constituye infracción administrativa de pesca marítima, toda acción u omisión tipificada como tal en el capítulo II del título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-06-17.

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