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Real Decreto Derogada

Artículo 12. Contratación.

Artículo 12 del Real Decreto 1664/2008, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Cría Caballar de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2008-17084

Atención: Real Decreto 1664/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La contratación en el organismo se sujetará a las normas generales de contratación de las administraciones públicas.

El Director Gerente es el órgano de contratación del organismo y está facultado para celebrar en su nombre los contratos en el ámbito de su competencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-10-26.

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