Artículo 12. Limpieza y desinfección.
Artículo 12 del Real Decreto 1071/2002, de 18 de octubre, por el que se establecen las medidas mínimas de lucha contra la peste porcina clásica. · BOE-A-2002-21336
Atención: Real Decreto 1071/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La autoridad competente adoptará las medidas necesarias para que:
a) Los desinfectantes que vayan a utilizarse, así como sus concentraciones, estén oficialmente autorizados.
b) Las operaciones de limpieza y desinfección se efectúen bajo supervisión oficial y con arreglo:
1.º A las instrucciones del veterinario oficial; y
2.º A los principios y procedimientos de limpieza, desinfección y tratamiento establecidos en el anexo II.
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