Artículo 12. Identificación de los animales.
Artículo 12 del Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas. · BOE-A-2022-23053
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-30.
Texto consolidado
La identificación de los animales se llevará a cabo con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento Delegado (UE) 2019/2035 de la Comisión de 28 de junio de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas sobre los establecimientos que tengan animales terrestres y las plantas de incubación, y a la trazabilidad de determinados animales terrestres en cautividad y de los huevos para incubar, y en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/520 de la Comisión de 24 de marzo de 2021, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la trazabilidad de determinados animales terrestres en cautividad.