Artículo 12. La Secretaria General.
Artículo 12 del Real Decreto 1036/1990, de 27 de julio, por el que se regula la naturaleza, funciones, composición, organización y funcionamiento de la Comisión Interministerial de Estadística. · BOE-A-1990-19376
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-08-09.
Texto consolidado
1. El Director del Gabinete Técnico de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística tendrá atribuidas las funciones de la Secretaría General de la Comisión Interministerial de Estadística.
2. Corresponden al Secretario general las funciones de Secretario del Pleno y de la Comisión Permanente, así como las referentes a la organizarían y funcionamiento de los servicios de la Secretaría General de la Comisión.
3. La Secretaría General de la Comisión facilitará a los Grupos de Trabajo la infraestructura administrativa que necesiten para su funcionamiento y en orden a la mayor difusión y conocimiento de los informes que generen.
4. Los puestos de trabajo de la Secretaría General están incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo.