Artículo 12. Asesoramiento e información a los consumidores.
Artículo 12 de la Orden TED/1122/2026, de 23 de octubre, por la que se aprueba el plan de implantación de contadores inteligentes en la red de gas natural y se establecen las especificaciones mínimas a cumplir por estos equipos. · BOE-A-2026-22515
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-10-28.
Texto consolidado
Los titulares de red pondrán a disposición del consumidor canales de comunicación gratuitos, mediante su página de internet y medios telefónicos, para ofrecer asesoramiento y asistencia sobre el funcionamiento, uso y ventajas del contador inteligente. Estos canales de comunicación deberán mantenerse al menos hasta dos años después de completar el despliegue de equipos.
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