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Orden Vigente

Artículo 12. Presupuesto mínimo y máximo de conceptos financiables.

Artículo 12 de la Orden ICT/713/2021, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0. (Activa_Financiación). · BOE-A-2021-11212

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-07.

Texto consolidado

Las correspondientes convocatorias determinarán el presupuesto máximo de conceptos financiables para la línea Activa-PYME y el presupuesto mínimo de conceptos financiables para la línea Activa-Grandes Implementaciones, y en todo caso respetará los límites previstos en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio o en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, según la línea de actuación en la que se enmarque el proyecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-07.

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