Artículo 12. Duración del mandato, cese y reemplazo.
Artículo 12 de la Orden ECI/2461/2006, de 24 de julio, por la que se dispone la publicación de los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos. · BOE-A-2006-13734
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-29.
Texto consolidado
La duración del mandato será de cuatro años, pudiendo ser reelegido. El cese del Presidente por renuncia o por cualquier otra causa dará lugar a la renovación de los cargos unipersonales.