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Ley Orgánica Vigente

Artículo 12. Derecho de huelga.

Artículo 12 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil. · BOE-A-2007-18391

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-12.

Texto consolidado

Los Guardias Civiles no podrán ejercer el derecho de huelga ni realizar acciones sustitutivas o similares a la misma, ni aquellas otras concertadas con el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-12.

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