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Ley Foral Derogada

Artículo 12. Revocación de la acreditación como entidad colaboradora.

Artículo 12 de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia. · BOE-A-2006-1

Atención: Ley Foral 15/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La acreditación como entidad colaboradora podrá ser revocada mediante resolución motivada del órgano competente, dictada en expediente contradictorio, cuando aquellas entidades dejen de reunir los requisitos o condiciones exigidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-03.

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