Artículo 12. Convocatoria.
Artículo 12 de la Ley 9/2002, de 6 de junio, de Creación del Consejo de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2002-14085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-24.
Texto consolidado
1. La convocatoria para las reuniones del Pleno se notificará a los miembros del mismo con una antelación mínima de cinco días hábiles cuando se trate de sesiones ordinarias y de cuarenta y ocho horas en el caso de las extraordinarias. La convocatoria contendrá el orden del día.
2. La información sobre los temas que figuren en el orden del día estará a disposición de los miembros en igual plazo.