Artículo 12. Órganos.
Artículo 12 de la Ley 8/2014, de 17 de julio, de segunda reestructuración del sector público autonómico. · BOE-A-2014-10577
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-25.
Texto consolidado
1. La organización de Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU, se regirá por la legislación mercantil con las especialidades establecidas en esta Ley.
2. La administración y gobierno de Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU, corresponderá al Consejo de Administración, y la función ejecutiva al Director, que la ejercerá de acuerdo con los criterios e instrucciones aprobados por el Consejo de Administración.
3. Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU, constituirá un Consejo de Comunicación y un Consejo de Informativos.