Artículo 12. Juventud, participación y asociacionismo.
Artículo 12 de la Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia. · BOE-A-2012-11413
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-09.
Texto consolidado
Las administraciones públicas gallegas desarrollarán campañas de divulgación e impulso del asociacionismo juvenil hasta alcanzar la consolidación de un movimiento asociativo de la juventud de Galicia. Asimismo, al objeto de fomentar la participación directa de los y las jóvenes en los programas de actuación que desarrollen las mismas, se establecerán medidas específicas para favorecer la participación de grupos informales de jóvenes.