Artículo 11. Juventud, salud y deporte.
Artículo 11 de la Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia. · BOE-A-2012-11413
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-09.
Texto consolidado
1. La Xunta de Galicia promoverá la salud y los hábitos de vida saludables entre la juventud de Galicia, por medio de políticas transversales que incidan en la salud mental y emocional, prevención y tratamiento de las drogodependencias y otras adicciones, trastornos alimentarios, programas de educación afectivo-sexual y fomento de una cultura de consumo racional y de ocio alternativo.
2. La Xunta de Galicia, en materia de políticas transversales de deporte, llevará a cabo una planificación multidisciplinaria y estratégica para dar una respuesta integral al sedentarismo y sobrepeso en la infancia, juventud y a lo largo de toda la vida, concebida para toda la población, ya que el deporte es un aspecto importante en la mejora de la calidad de vida de la juventud.