Artículo 12.
Artículo 12 de la Ley 5/1990, de 7 de junio, de Estadística de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1990-18410
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-06-19.
Texto consolidado
Las estadísticas reguladas en esta Ley se considerarán de interés público, gozando, consecuentemente, de su protección.