El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 12. Atribuciones como representante ordinario del Estado.

Artículo 12 de la Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias. · BOE-A-2023-12668

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-04.

Texto consolidado

A la presidenta o presidente de Canarias, como representante ordinario del Estado en la Comunidad Autónoma de Canarias, le corresponde:

a) Promulgar, en nombre del rey o la reina, las leyes del Parlamento de Canarias y demás normas con fuerza de ley, así como ordenar su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias» y en el «Boletín Oficial del Estado».

b) Ordenar la publicación, en el «Boletín Oficial de Canarias», de los nombramientos de la persona titular de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y de la persona titular de la Fiscalía Superior de Canarias.

c) Ejercer las demás atribuidas por el ordenamiento jurídico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-04.

Más artículos de Ley 4/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.