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Ley Vigente

Artículo 12. Reglamento de régimen interior y código de buenas prácticas.

Artículo 12 de la Ley 3/2015, de 2 de abril, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-4548

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-09.

Texto consolidado

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 4/2014, Básica de las Cámaras Oficiales, cada Cámara tendrá su propio reglamento de régimen interior, que será propuesto por el pleno y aprobado por la conselleria que ostente las competencias en materia de comercio, la cual podrá también promover su modificación.

2. En el reglamento de régimen interior constarán, entre otros extremos, la estructura del pleno, sus funciones, el número y forma de elección de los miembros del comité ejecutivo y las normas de funcionamiento de sus órganos de gobierno.

3. Asimismo, las cámaras deberán elaborar un código de buenas prácticas que garantice la imparcialidad y transparencia en el desarrollo de sus funciones público-administrativas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-09.

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