Artículo 12. Directrices de la política de desarrollo rural.
Artículo 12 de la Ley 3/2000, de 19 de junio, de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2000-13063
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-06-23.
Texto consolidado
El Gobierno, en desarrollo de los fines y objetivos sectoriales establecidos en esta Ley, llevará a cabo y ejecutará las directrices de la política de desarrollo rural contempladas en el Plan Director de Desarrollo Rural y ajustará los programas que integran dicho Plan.