Artículo 11. Actuación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 11 de la Ley 3/2000, de 19 de junio, de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2000-13063
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-06-23.
Texto consolidado
La Administración Autonómica, en el marco de sus competencias, actuará en coordinación con el resto de administraciones públicas del Estado y de la Unión Europea respecto del objeto y ámbito de esta Ley. También coordinará con las Entidades Locales aquellas actuaciones que puedan afectar, directa y manifiestamente, al desarrollo rural en nuestra región.