Artículo 12. Material vegetal.
Artículo 12 de la Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura. · BOE-A-2020-3782
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-09.
Texto consolidado
1. El material vegetal que se utilice en las plantaciones de viña debe proceder de viveros legalmente establecidos. Deben emplearse portainjertos catalogados como recomendados procedentes de vides americanas o de sus cruces.
2. Las restricciones de entrada de material vegetal de la Unión Europea o de terceros países se rigen por la normativa sectorial aplicable.