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Ley Vigente

Artículo 12. Intransmisibilidad de la condición de socio profesional.

Artículo 12 de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales. · BOE-A-2007-5584

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-16.

Texto consolidado

La condición de socio profesional es intransmisible, salvo que medie el consentimiento de todos los socios profesionales. No obstante, podrá establecerse en el contrato social que la transmisión pueda ser autorizada por la mayoría de dichos socios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-06-16.

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