Artículo 12.
Artículo 12 de la Ley 2/1994, de 28 de abril, de asistencia social geriátrica. · BOE-A-1994-13809
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-05-20.
Texto consolidado
La prestación de turismo social consiste en la ejecución de medidas destinadas a facilitar a los beneficiarios de la presente Ley la realización de actividades turísticas, a concretar mediante los oportunos convenios con establecimientos hoteleros y con el fin de crear una oferta específica para este sector de la población.