Artículo 12. Impuestos y recargos.
Artículo 12 del Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. · BOE-A-2011-11706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-29.
Texto consolidado
Los impuestos propios y los recargos sobre impuestos que, en su caso, pueda establecer la Comunidad Autónoma, se recogerán en el estado de ingresos del Presupuesto de la entidad que corresponda, perteneciente al sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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