Artículo 12. Prestaciones por incapacidad temporal, maternidad y riesgo durante el embarazo.
Artículo 12 del Convenio entre España y Australia sobre Seguridad Social, hecho en Madrid el 31 de enero de 2002. · BOE-A-2002-24712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
Para el reconocimiento de prestaciones en caso de incapacidad temporal, de maternidad o de riesgo durante el embarazo de un trabajador, se tendrá en cuenta, si es necesario, la totalización de períodos a que hace referencia el artículo 11.