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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 12.5-4. Cuota.

Artículo 12.5-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-01.

Texto consolidado

La cuota de la tasa es:

Por el permiso de un día: 133,95 euros.

Por cada día de más: 89,35 euros.

Por grupos, de hasta 6 personas, durante 2 horas: 133,95 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-5569.

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