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Real Decreto Vigente

Artículo 118. Organismo rector de los mercados regulados de contratos de instrumentos financieros derivados.

Artículo 118 del Real Decreto 814/2023, de 8 de noviembre, sobre instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado. · BOE-A-2023-22764

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-11-29.

Texto consolidado

El organismo rector no podrá realizar ninguna actividad de intermediación financiera, ni las actividades relacionadas en los artículos 125 y 126 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, con excepción de lo dispuesto en este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-11-29.

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