Artículo 118. Relaciones con el Parlamento.
Artículo 118 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. · BOE-A-2006-2452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-03.
Texto consolidado
1. El Consejo del Audiovisual de Cataluña se relaciona con el Parlamento de acuerdo con lo establecido por el Reglamento del Parlamento.
2. El Parlamento puede pedir al Consejo la elaboración de informes, estudios y propuestas sobre el ámbito de la comunicación audiovisual e información relacionada con el ejercicio de sus competencias.